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Cláusulas abusivas: cómo reconocerlas y qué puedes hacer si tu contrato las incluye

Publicado el 21 de septiembre de 2026

Al contratar un servicio o comprar un producto, es habitual firmar documentos estándar redactados de antemano por la empresa. Si sospechas que te han impuesto condiciones injustas, conviene conocer qué dice la ley sobre las cláusulas abusivas contrato: qué requisitos formales deben cumplir los textos, en qué supuestos se consideran nulas y qué consecuencias directas tiene esto sobre el acuerdo firmado.

Toda la regulación expuesta en esta guía proviene del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (disponible en el BOE-A-2007-20555).

Requisitos de las cláusulas no negociadas y concepto legal de abuso

Cuando una empresa utiliza condiciones que no han sido negociadas individualmente con el consumidor, debe respetar unas exigencias mínimas. El artículo 80.1 establece que estas estipulaciones deben contar con:

Asimismo, el artículo 80.2 fija que, al ejercitar acciones individuales, si existe duda sobre el sentido de una cláusula, prevalecerá la interpretación más favorable al consumidor.

Por su parte, el artículo 82.1 define como cláusulas abusivas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y las prácticas no consentidas de forma expresa que, en contra de las exigencias de la buena fe, causen un desequilibrio importante entre los derechos y las obligaciones de las partes en perjuicio del consumidor. Conforme al artículo 82.2, si el empresario sostiene que una cláusula fue negociada individualmente, asumirá la carga de la prueba, sin que la negociación aislada de un elemento impida aplicar estas normas al resto del documento.

El artículo 82.3 añade que el carácter abusivo se evalúa atendiendo a la naturaleza de los bienes o servicios, a las circunstancias del momento de la celebración y al conjunto de las demás cláusulas del contrato o de otro del que dependa.

Efectos legales y nulidad de las cláusulas abusivas contrato

El efecto que la ley impone ante este tipo de estipulaciones es contundente. De acuerdo con el artículo 83:

Supuestos de cláusulas abusivas que enumera la ley

La normativa clasifica en distintos artículos las estipulaciones que, en todo caso, resultan abusivas para el consumidor:

1. Vinculación del contrato a la voluntad del empresario (artículo 85)

El artículo 85 califica como abusivas, entre otras:

2. Limitación de derechos básicos (artículo 86)

Según el artículo 86, son abusivas las cláusulas que limiten o priven de derechos legales, tales como:

3. Falta de reciprocidad (artículo 87)

El artículo 87 sanciona las condiciones que rompen la reciprocidad contractual en perjuicio del consumidor:

4. Garantías y carga de la prueba (artículo 88)

El artículo 88 prohíbe imponer garantías desproporcionadas al riesgo asumido (artículo 88.1), así como trasladar la carga de la prueba en perjuicio del consumidor en supuestos donde correspondería a la otra parte (artículos 88.2 y 88.3).

5. Perfeccionamiento y ejecución del contrato (artículo 89)

El artículo 89 considera abusivas, entre otras prácticas:

Cómo reclamar, paso a paso

Si detectas alguna estipulación que encaje en estos supuestos, puedes seguir este procedimiento:

  1. Reunir pruebas: localiza el contrato original, sus anexos, justificantes de pago, folletos o comunicaciones mantenidas con la empresa donde se evidencie la aplicación de la condición contractual.
  2. Reclamar por escrito con constancia: formula una reclamación formal ante el servicio de atención al cliente de la entidad. Utiliza un medio que deje constancia fehaciente de su envío y de su recepción (como burofax, correo certificado o formulario con número de registro).
  3. Guardar copias: conserva un duplicado íntegro del escrito remitido, junto con el acuse de recibo o comprobante de entrega.

Si la empresa no responde a tu solicitud o se niega a retirar la cláusula sin motivo, puedes acudir a la oficina de consumo de tu localidad o comunidad autónoma para solicitar su intermediación.

Fuentes oficiales

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Este artículo es información general basada en la legislación vigente en la fecha indicada y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso es distinto: si tienes dudas sobre el tuyo, consulta a un profesional o a tu oficina de consumo.

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